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La Fuente de la Viñuela

31.08.13 - Escrito por: Lourdes Pérez Moral

Y en la falda de la sierra que la guarnece una hermosa fuente a quien llaman la Viñuela, perenne a pesar no sólo de los rigores del estío sino aún de los más secos temporales pues, sobre ser dulce, abundantemente refrigera a los caminantes, refresca a los ganados y sirve para el continuo y excesivo gasto de la obra que ordinariamente se hace en la Casa de la Santa Imagen.

VEGA MURILLO Y AGUILAR. 1668


Con anterioridad a la reorganización de la Cofradía en 1560, las aguas del manantial de la fuente de la Viñuela ya habían sido encauzadas por la misma colocando, al final, una pila de piedra que servía de depósito al agua del caño derramada. Por aquel que entonces, no existían cortijos en aquella dehesa: sólo el Santuario de la Virgen de la Sierra era la única edificación que la mano del hombre había hecho. Hasta 1781, no se documenta la realización de la segunda y tercera pilas sin olvidar una "puerta y cerradura con sus gonces y clavos", el signo más claro de la propiedad de unas aguas que serán defendidas hasta límites nunca antes conocidos en la secular institución llegando a emplear como plataforma a este periódico en su edición impresa. En 1851 una nueva obra, ahora compartida, propiciaba la construcción de tres pilas más, las grandes, y la apertura de un segundo departamento en la cabecera de la fuente.

Esta colaboración se debió a que la Cofradía había perdido la totalidad de sus bienes en la desamortización. De ella había surgido, entre otros, la compraventa de la dehesa de la Nava. Ya sólo disponía de la propiedad de la superficie del emplazamiento del santuario, de la servidumbre de sus alrededores y de la también propiedad de los dos caminos que daban acceso a la Santa Casa. La particular subasta -como casi todas las correspondientes a bienes desamortizados- trajo consigo una división en dos lotes: la parte oriental adjudicada a Francisco de Asís Alcántara Narváez y, la occidental, a José María Linares Ceballos. Paradójicamente, el hermano mayor de la época -Felipe Ulloa Aranda- era cuñado del primero y tío carnal de la esposa del segundo por lo que, si fraguó la perdida de la mitad de la propiedad de la fuente de la Viñuela, es algo que nunca llegaremos a conocer y más cuando, una disputa conyugal, dio al traste con buena parte de la documentación de la Cofradía.

Mientras el que fuera primer propietario de la parte occidental de la dehesa de la Nava, había muerto en 1883. Por cláusula testamentaria su hijo -Atanasio Linares Ulloa- recibiría la finca de la Viñuela y la mitad de su fuente. Dos años después, manipularía el testamento al realizar un acta de unificación de fincas -porque las adquiridas por su progenitor al sitio de la Nava y dehesa de la Sierra colindaban entre sí- con la intención de ir a por la totalidad de la fuente de la Viñuela. La consecuencia sería la deformación de la propiedad de la fuente a través de sucesivas transmisiones de la finca y la actitud -permanente- de la Cofradía argumentando que la mitad era suya.

Así las cosas, la necesidad imperiosa de dotar de agua al Santuario pondría de manifiesto la génesis de una iniciativa popular que no cesaría hasta 1982. Sin embargo, el eterno problema, seguía sin resolverse. Gonzalo Casas Leña, hermano mayor entonces, adoptó una decisión difícil pero acertada que desembocaría en la firma de un documento transcendental que, permítame el lector, transcriba en su totalidad:

"Don Gonzalo Valenzuela Ruiz reconoce los derechos históricos y actuales de la Cofradía de María Santísima de la Sierra sobre la denominada "Fuente de la Viñuela". Ambas partes se reconocen la copropiedad sobre dichos derechos en un cincuenta por ciento del caudal. A estos efectos acuerdan proceder a la nivelación interior de la fuente, drenaje de los pozos y cañerías etc., que confiarán a don José Mendoza Cabanillas. La propiedad de la finca y la Cofradía tendrán llaves comunes para los depósitos y procederán a escriturar y registrar la propiedad sobre las aguas. En adelante se establece una copropiedad sobre dicho caudal de agua, en la proporción del cincuenta por ciento para cada parte. De igual forma, se reconocen expresamente los derechos de servidumbre de paso, tanto de la Virgen, como de los romeros y peregrinos, con los siguientes criterios: 1º. Don Gonzalo Valenzuela Ruiz constituirá una servidumbre real y voluntaria de paso sobre la finca de su propiedad "La Viñuela", y a favor de la que es propiedad la Cofradía de la Santísima Virgen de la Sierra; esta servidumbre respetará los itinerarios seculares e históricos que se conocen con el nombre de "Camino Nuevo" y "Camino Viejo". En la actualidad esta servidumbre se practica por el denominado "Camino Viejo". En el futuro su uso podrá alternarse y practicarse por el llamado "Camino Nuevo". Se entiende en cualquier caso que la servidumbre se utilizará por un solo lugar. 2º. Don Gonzalo Valenzuela se compromete a desviar la alambrada actual, que partiendo del letrero de "Finca de La Viñuela", baja atravesando la conducción de agua y la eléctrica, hasta la encina y la cancilla, sustituyéndola por un nuevo recorrido desde el mismo letrero, que transcurrirá paralelo a una especie de gavia hasta la cancilla del camino del transformador. Cualquier alteración futura en el tendido de toda la alambrada, nunca afectará el libre acceso de la Cofradía a fuente y veneros de la misma y a cualquier elemento destinado al uso y disfrute del agua. 3º. Ambas partes valoran la importancia de suprimir la puerta colocada en el lugar denominado "Piedras del Molino" o "Colchones", y, a tal efecto, establecen que el paso debe quedar aquí libre y expedito para que por el transcurran romeros y peregrinos y la Imagen Sagrada de la Santísima Virgen, en sus desplazamientos tradicionales. No obstante, y atendiendo al principio de no hacer gravosa la servidumbre para la finca, las partes estudiarán colocar un sistema parecido a la cancilla, sin cerrojo ni artilugio alguno que impida el paso durante cualquier hora del día. 4º. Carril del Transformador. Los días de subida y bajada de la Imagen durante la procesión se podrá usar el carril de la finca de la forma que se viene haciendo. En este carril se establecerá una cancilla y cadena con candado entregando la propiedad una llave al Hermano Mayor de la Cofradía para el uso de dicho carril en la forma indicada y bajo su responsabilidad. 5º. Aunque sustancialmente estos fueron los temas tratados, el Hermano Mayor de la Cofradía don Gonzalo Casas, recibió en fechas posteriores a la reunión mantenida y a los acuerdos alcanzados, un ofrecimiento de don Gonzalo Valenzuela, tendente a desviar brevemente el Camino Viejo al pasar por la casa cortijo y que consistía en la donación de tierras (16 fanegas aproximadamente) para conseguir tal propósito. La Cofradía entiende que no es admisible ningún tipo de modificación en la actual servidumbre, dado el valor histórico y espiritual que el recorrido de la Virgen hasta su Ermita y a la inversa, tiene para el Pueblo de Cabra. Cláusula adicional. Las partes formalizarán escritura pública que sancionen los distintos aspectos reconocidos en este documento". Era 1989.

Quizás la cita que abre este artículo tenga, ahora, más fuerza que nunca. Tal y como siempre me recuerda un gran valedor -que los ha habido y hay- de la secular institución: a simple vista, puede parecer una simple descripción pero no hay que entenderla así. Primero, por el nombre de la fuente, surgido y debido a la existencia de unos parrales frondosos en los aledaños del nacimiento del agua. Segundo, por el sustantivo estético con que la distingue -"hermosa"- indicativo de su desarrollo y, tercero, lo más importante, los adverbios -premonitorios- empleados por el historiador.

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