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FOTO: Mateo Olaya Marín

13.05.15 ANDALUCÍA

Trámites para el movimiento de los équidos en Andalucía

Redacción

Una orden publicada en el BOJA persigue facilitar la relación del ganadero y la Administración y potenciar el uso del Documento de Identificación Equina. Además, según la nueva normativa, los trámites para el movimiento de estos animales con fines turísticos, recreativos o culturales, se facilitan con el Documento de Identificación Equina.

La Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural ha publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) la Orden por la que se regula la ordenación zootécnica y las condiciones de bienestar animal, sanitarias y de movimiento de los équidos y de las explotaciones equinas, así como su inscripción en el Registro de Explotaciones Ganaderas de la región.

Una de las principales novedades que introduce la normativa se refiere al traslado de los équidos, ya que se sustituye la guía de movimiento por un documento de acompañamiento equino, que se puede obtener mediante la aplicación informática GTA (Guía Telemática de Andalucía) o a través del Consejo de Colegios Veterinarios de Andalucía.

Por otro lado, la nueva Orden facilita el movimiento de los animales con Documentos de Identificación Equina (DIE) en el interior de Andalucía. Esta identificación ofrece libertad de movimiento en la Comunidad Autónoma andaluza durante 30 días naturales a aquellos animales destinados a fines turísticos, recreativos, culturales, de aprovechamiento de pastos o deportivos, así como a los équidos que van a asistir a un concurso morfológico.

Otra novedad que introduce esta normativa es la autorización del enterramiento de équidos fallecidos siempre y cuando se respeten las directrices marcadas por la normativa estatal vigente y atendiendo a las condiciones de bioseguridad recogidas en la norma autonómica sobre retirada de cadáveres.

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