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Según dio a conocer el delegado municipal de Urbanismo y Vivienda del Ayuntamiento de Cabra, Manuel Carnerero, con la entrada en vigor de la Ley 5/2010, se atribuyen a los municipios las competencias en los asuntos relativos al otorgamiento de la calificación provisional y definitiva de vivienda protegida. Una ordenanza que además «es la primera que se hace en la provincia, por lo que probablemente sirva de modelo a otros pueblos» apuntó el edil.
En el contenido de la ordenanza se especifica que se entiende por calificación provisional de una vivienda protegida, el acto administrativo por el que se declara que la citada vivienda, dentro de la promoción correspondiente, cumple con los requisitos de superficie útil construida establecidos para cada programa en los correspondientes planes de vivienda y demás requisitos urbanísticos y constructivos que resulten de aplicación. Del mismo modo, se aclara que la calificación definitiva de una vivienda protegida determina el régimen jurídico en arrendamiento, en venta o en promoción para uso propio, de la citada vivienda. Dicha calificación definitiva tendrá lugar una vez finalizadas las obras y tras la concesión por la Administración Pública competente de la licencia de primera ocupación.
Ambas ordenanzas serán publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia, estableciéndose un pertinente plazo de presentación de alegaciones antes de su aprobación definitiva.
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