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El Ayuntamiento de Cabra ha publicado las bases para optar a la adjudicación de la explotación de dos kioscos de venta de patatas fritas en determinados lugares de la Ciudad.
Según la nota de prensa remitida se trata de dos puestos:
Un kiosco de venta de patatas fritas "2", junto a la fuente pública existente al lado de "Los Arcos" de entrada a la Avda. José Solís. Tipo de licitación: 0,615152 euros por m2 al día (5,54 euros al día). Total: 1.019,36 euros.
Un kiosco de venta de patatas fritas "3", junto a la Avenida de Andalucía, en e lateral izquierdo de la Ciudad Deportiva Mª Dolores Jiménez Guardeño, en la zona denominada "La Vega". Tipo de licitación: 0,713577 euros por m2 al día (6,42 euros al día). Total: 1.181,28 euro
2ª.- Las dimensiones de los kioscos no podrán ser superiores a 3mx3m y se adecuarán a la estética del entorno. El emplazamiento exacto en la zona indicada se determinará por los técnicos municipales, pudiendo ser modificado - aunque manteniéndose en las inmediaciones por razones de interés público.
3ª.- La adjudicación se realizará mediante subasta por el sistema de pujas a la llana, al alza, adjudicándose al mejor postor, la cual tendrá lugar a las 10,30 horas del día 10 de abril, en elSalón de Sesiones de esta Casa Consistorial, ante un mesa presidida por el Sr. Alcalde, o persona en quien delegue, un representante de cada uno de los Grupos Políticos que componen la Corporación, el Interventor y el Secretario General de la misma o funcionario/a en quien delegue.
4ª.- Para tomar parte en la licitación será requisito previo que los interesados constituyan en las Arcas Municipales una fianza del 20% del precio de licitación de la instalación a la que se pretende optar. Solo podrá optarse por un kiosco. La fianza deberá depositarse en la cuenta del BBVA 0182 5909 13 0207840277, indicando en el resguardo del ingreso el kiosco a que opta y el nombre y el D.N.I. del licitador.
5ª.- La autorización tendrá el carácter de precario y los interesados cesarán en la ocupación del dominio público tan pronto como lo disponga la Alcaldía por exigencias del interés público y en todo caso esta ocupación se extiende desde el día 1 de mayo hasta el 31 de octubre de 2012, ambos inclusive, sin por ello recibir indemnización de clase alguna. Los que en esta fecha no hubiesen retirado sus kioscos no podrán tomar parte en la subasta del año siguiente. Sin perjuicio de las demás resoluciones que procedan por la no retirada o mantenimiento de la instalación al término del periodo autorizado de ocupación dará lugar a la pérdida de la fianza constituida y el Ayuntamiento procederá a retirarlos, cuyos gastos serán de cuenta de los adjudicatarios.
6ª.- Queda prohibida la utilización de altavoces e instrumentos musicales.
7ª.- Los adjudicatarios limpiarán diariamente el recinto que ocupen y deberán poseer su propio cubo de basura con cierre hermético para los residuos, el cual deberá permanecer en el interior del kiosco. Queda prohibido asimismo verter aguas o líquidos residuales en los jardines o en la vía pública.
8.ª.- El consumo de energía eléctrica, así como las acometidas, contratación y todo lo necesario para el suministro de la misma, serán de cuenta de los adjudicatarios, quienes concertarán los servicios oportunos con la Compañía Sevillana de Electricidad. Igualmente será de cuenta y a costa del adjudicatario los enganches necesarios, tanto en suministro de agua como de saneamiento, gas, etc. así como la contratación y los consumos que se efectúen de los suministros que precisen. Es decir, todo lo necesario para poder desarrollar la actividad se llevará a cabo por parte del adjudicatario, quien se ajustará a las exigencias técnicas y de licencias que sean necesarias para el ejercicio de esta actividad.
9.ª- Toda la instalación de cableado aéreo se ajustará a lo previsto en las vigentes ordenanzas municipales.
10ª.- El pago de la adjudicación se efectuará de la manera siguiente: El 50% al día siguiente hábil al de la adjudicación y el resto el día 1 del próximo mes de julio.
11ª.- La inobservancia de las condiciones anteriores dará lugar a dejar sin efecto la autorización concedida con pérdida de la fianza, y a la exclusión del infractor en subastas posteriores.
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