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Isabel Yamuza, que comenzaba su intervención repasando históricamente la trayectoria y experiencia por la Fundación Promi surgida en los años 70 a raíz de la labor desinteresada de personas en favor de la solidaridad y las personas más desfavorecidas recordando igualmente que Promi fue la "pionera en el movimiento asociativo en Andalucía y España".
Yamuza ponía en valor igualmente que desde los años 80 Promi viene apostando por el empleo de las personas con discapacidad y que, "a pesar de las dificultades" Promi ha sido y sigue siendo un referente en el mundo de la discapacidad y la formación e integración de las personas con discapacidad tanto en la sociedad como en el aspecto laboral.
En este aspecto, desde primeros de Abril están volcados en el catálogo de servicios que se trata de "aunar la experiencia de Promi y sus trabajadores y ofrecerlos a la sociedad" como ha puntualizado Yamuza a la vez que ha añadido que se estructuran en cinco grandes bloques que se ofrecen tanto a entidades como a colectivos e incluso a ciudadanos a título individual de manera que se preste el máximo servicio en cualquier ámbito intentando evitar que ninguna persona que necesite el apoyo requerido tenga acceso a la Fundación "habilitando las fórmulas necesarias para atender dichas necesidades" puntualiza Yamuza.
Los cinco bloques en los que se estructura este Catálogo de Servicios engloban Servicios Asistenciales (Residencias y Unidades de Estancia Diurna), Servicios a empresas (catering, lavandería, jardinería, recogida de cartón, etc.), Formación (A distancia, Profesional, etc), Servicios Profesionales sobre Salud Física, Mental y Fisioterapia (Neuropsicólogo, Psicólogo, Psiquiatra, etc) y Servicios Profesionales en el ámbito Social, Ocupacional y Técnico (Trabajador Social, Asesoramiento en RR.HH, etc)
Por último, desde la Fundación Promi ponen a disposición de ciudadanos, entidades y colectivos una dirección de correo electrónico (infopromi@promi.es) y un número de teléfono (900.771.111) al que podrán dirigirse para realizar cualquier consulta que será cuestionada en un plazo no superior a 24 horas.
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