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SECUELAS DE LA GUERRA (XII): Los Sarraille y los Bienes Nacionales

17.12.19 - Escrito por: Antonio Moreno Hurtado

En anteriores trabajos hemos visto la llegada a Cabra de la familia Sarraille, su introducción en la sociedad egabrense y su positiva participación en el conflicto de la villa de Cabra con las tropas francesas, en septiembre del año 1810.

Hemos seguido la trayectoria de los descendientes de don José Sarraille, mercader de telas, hasta su desaparición de Cabra. Hoy nos toca analizar la intervención de los Sarraille en el proceso de subastas públicas de los bienes incautados a ciertas instituciones religiosas e incluso a particulares no afectos al régimen de José Napoleón.

El origen de estas ventas se encuentra en un Real Decreto, de 16 de octubre de 1810, por el que "se señalan fincas para hipoteca especial de los créditos del servicio corriente, contraídos desde 6 de Julio de 1808 hasta 30 de Setiembre último". Expedido en el Palacio Real de Madrid, por el Rey Josef Napoleón "Rey de las Españas y de las Indias". Rubricado por el Ministro Secretario de Estado, Mariano Luis de Urquijo. Publicado en el Diario de Madrid, del sábado 3 de noviembre de 1810, nº 307, p. 541-43. La relación de fincas afectadas se continúa en números posteriores.

Cuando comienzan las subastas, a finales de 1810, aparece por Cabra un enigmático Enrique Sarraille, hermano del mercader.

Su condición de ciudadano francés, tío del subprefecto del partido de Lucena, le hace ocupar una posición de cierto nivel en el terreno político de la provincia. Pero, en el fondo, Enrique Sarraille es un especulador sin escrúpulos que va a implicar a su hermano en algunos de sus sucios negocios.

Por otra parte, la restauración de la Monarquía, en la persona de Fernando VII, iba a traer, entre otras cosas, la devolución de los llamados Bienes Nacionales a sus legítimos propietarios.

Una circunstancia que fueron reclamando los dueños de las fincas, en cuanto los territorios volvían al dominio del Gobierno español. Pero había un cierto desorden en la ejecución de las sentencias y se hizo necesaria una norma unificadora.

Por fin, la Gaceta de Madrid, de 27 de septiembre de1814, publicaba una "Real cédula sobre la restitución de las fincas y muebles, de cualquier clase que sean, llamados nacionales, confiscados por los enemigos". Dictada en Madrid, en el Palacio Real, el 31 de agosto de 1814.

Iba dirigida a todos los miembros del Consejo Real, presidentes de las Chancillerías, Gobernadores, Alcalde Mayores, Corregidores y todos aquellos bajo su mando.

Se justificaba ante la necesidad de corregir los abusos de "los desnaturalizados españoles que, por diferentes medios ilícitos, tratos y compras voluntarias y detestables de bienes llamados nacionales, en tiempos del Gobierno intruso, se habían enriquecido a costa de propietarios fieles y vasallos honrados de todas clases".

En el Archivo Histórico Nacional, sección de Consejos, se conservan algunos de los expedientes de compra realizados por la familia Sarraille.

El día 7 de octubre de 1811, se formaliza la venta de tres fincas de la localidad de Cabra en favor de don José Sarraille. (Consejos, 6224, exp. 52)

El Diario de Madrid, del sábado 21 de septiembre de 1811, anunciaba que, el día anterior, se habían recibido posturas para las siguientes fincas de Cabra.
Una suerte de olivar de 13 ¼ aranzadas, en el partido del Carmonil y Campillo, y linda al camino que de Cabra va a Rute. En 9.540 reales
Otra de 24 ¾ aranzadas en el mismo partido del Carmonil y Campillo; linda con D. Joaquín Castillejo En 13.364 reales y 28 mrs.
Una suerte de olivar de 12 ½ aranzadas al sitio del camino y llano del convento de la Victoria, linde con la calzada que va a él, y el arroyo de la Tejera En 8.100 reales

Las fincas, pertenecientes al Soto de Roma hasta su segregación, fueron rematadas ese día, 7 de octubre de 1811 en favor de Valentín Arripe como representante de José Sarraille, vecino de Cabra.

El expediente incluye una carta de pago por la transacción, expedida el día 11 por el depositario general de los mismos, Alejandro Fernández de Ruidíaz. La venta había sido otorgada por don Pedro de Mora y Lomas, Prefecto de la provincia de Madrid.

Más adelante, el día 18 de noviembre de 1811, se remata en favor de "Enrique Sarraille y compañía" una hacienda en el término de Madrid. (Consejos, 6224, exp.139)

La propiedad, perteneciente hasta entonces a don Juan José Marcó del Pont, se ubicaba en Hortaleza y comprendía una casa-palacio, una huerta, un jardín y unas tierras. Incluye varias certificaciones emitidas por don Pedro de Mora y Lomas, Prefecto de la provincia. La última de ellas lleva la fecha de 5 de diciembre de dicho año.

Tras la ocupación francesa, la quinta había sido expropiada por el gobierno de José Napoleón I y sufrió los avatares y destrozos de la Guerra de la Independencia, siendo, sucesivamente, cuartel de tropas francesas e inglesas.

Algún tiempo después, Enrique Sarraille arrendó estos bienes a cinco vecinos de Hortaleza, que fundaron una sociedad con este motivo. Pero Marcó del Pont iba a ser uno de los primeros propietarios en recuperar sus fincas, como veremos más adelante. Por otra parte, el día 23 de diciembre de 1811 se finaliza el proceso de compra, por Enrique Sarraille, de una viña y un olivar en la provincia de Córdoba. (Consejos, 6224, exp.109)

El expediente conjunto indica que los terrenos, pertenecientes al Soto de Roma, se encontraban, respectivamente, en las localidades de Cabra y Lucena.
La subasta de la viña, en el término de Cabra, había aparecido en el Diario de Madrid del lunes, 9 de diciembre de 1811. Se decía que había habido una postura para "una suerte de viña de 40 ¼ aranzadas en el partido del Carmonil; que linda con los herederos de Juan Pasqual Blázquez". Se había ofrecido el mismo precio de la salida, es decir, 23.184 reales.

El remate definitivo tuvo lugar el 23 de diciembre de 1811 en favor de Miguel Alarcón, quien cedió su propiedad a Enrique Sarraille. Unos días después, el 16 de enero de 1812, Enrique Sarraille compra otras tierras en el término municipal de Cabra. (Consejos, 6225, exp.4)

El Diario de Madrid, del viernes 27 de diciembre de 1811, anunciaba que, el día 26, se había hecho postura para "una suerte de tierra de 33 ¼ aranzadas de olivar, con su casa de teja, en el partido del Camino de Córdoba, linde con tierras de D. Francisco de Paula Ulloa". En 30.710 reales y 28 maravedíes.
Se fijaba el primer remate para el día 7 de enero de 1812. Celebrado este y ofrecido el mismo precio, se convoca el segundo remate para el día 14 de enero, fecha en que se adjudicó a Miguel Alarcón como representante de Enrique Sarraille.

Los terrenos, pertenecientes al Soto de Roma hasta su segregación, se ubicaban en el partido del Camino de Córdoba, en el término municipal de Cabra.
Decíamos que don Juan José Marcó del Pont había recuperado pronto su finca más importante, requisada por los franceses dos años antes. Lo hizo el día 9 de junio de 1813, ante el Juzgado de Hortaleza, iniciando los trámites para recibir el importe de los frutos obtenidos de ella y los daños recibidos durante el tiempo que estuvo en poder de los arrendadores. Reclama toda "la hacienda, con su Casa Palacio y todos sus muebles, ganados, aperos de labor, carros y otros enseres".

Marcó del Pont pertenecía a una rica familia de comerciantes que realizó múltiples desembolsos en apoyo de la corona. Él mismo formó parte del partido fernandino, antes de que comenzase la Guerra de la Independencia.

Durante la invasión francesa, su padre y él crearon una fábrica de fusiles en el convento de Santo Domingo, de Pontevedra, para abastecer a sus compatriotas. Después, huido de Madrid, participa activamente en las Cortes de Cádiz, oponiéndose a la invasión francesa.

Al finalizar la guerra, Fernando VII le ofreció varios cargos de relevancia.

En el año 1815, se estudia una demanda interpuesta ante la Junta Suprema de Reintegros por don Juan José Marcó del Pont contra don Antonio Martínez, don José Serra, don Matías Perellón y don Manuel y don Gregorio Muñoz, acerca del pago del producto de una hacienda perteneciente al primero, que estos últimos habían arrendado durante la dominación francesa, así como los daños y pérdidas ocasionados en la misma. (Consejos, 6210, exp.42)

La hacienda en cuestión, compuesta por unas tierras de labor, una casa-palacio y una huerta, se ubicaba en el término de la madrileña villa de Hortaleza. Fue comprada, en 1811, por Enrique Sarraille, de nacionalidad gala, quien la puso en manos de la sociedad formada por los ahora encausados, con una renta de 3.800 reales al año.

Las diligencias se habían iniciado en marzo de l814, a petición de don Vicente Sánchez, vecino de Hortaleza, en nombre y con poder del don Juan José Marcó del Pont.

Los acusados se remiten a una ejecutoria alcanzada en la Sala de los Señores Alcaldes de Casa y Corte en la que habían aceptado ciertos pagos y piden la libre absolución del resto.

En el expediente se indica que, antes de fugarse de Madrid, Marcó había dejado como administrador de todos sus bienes a don Juan Ribas, "exreligioso de Santa Bárbara".

Que, al parecer, su gestión no era positiva, por lo que "se adjudicaron por vía de recompensa, satisfacción u otro título a don Enrique Serralle quien, al cabo de algunos días, trató de ponerlas en arrendamiento".

La escritura de alquiler se había otorgado el día 12 de abril de 1812, con efectos del día primero de mayo siguiente, durante seis años y una renta de 3.800 reales al año.

Los acusados declaran que la hacienda fue vendida por el Gobierno intruso a don Enrique Sarraille "para en parte de pago de diferentes cantidades que le estaba debiendo".

También declaran que sabían que don Enrique Sarraille "trataba de demoler la Casa Palacio para sacar alguna utilidad de los materiales; por cuyo motivo ellos habían tratado de tomarlo todo en arrendamiento". Algo que habían consultado previamente con doña María de Valladares, tía del señor Marcó, con la esperanza de que este se lo agradeciera en su momento.

En la sentencia final, se obliga a los arrendatarios a pagar todos los daños del terreno y de la Casa Palacio y a allanar la tierra de los sembrados, dejándola como estaba al comienzo del arrendamiento. El dueño de la finca pagaría a los arrendadores el importe de la cosecha de paja y algarroba, que había retenido su apoderado.

Por último, analizamos un expediente relativo a la causa incoada por la Junta Suprema de Reintegros a don José Sarraille, vecino de Cabra, por haber comprado diversos bienes en Andalucía durante la dominación francesa. (Consejos, 6196, exp.9)
Se trata de tres fincas de olivar, dos en el partido del Carmonil y otra, junto al arroyo de la Tejera, propiedad del convento de la Victoria, sitas en el término de Cabra. Vendidas a don José Sarraille, por medio de Valentín Arispe, el día 7 de octubre de 1811, como ya hemos indicado.
El procedimiento incluye las diligencias y los trámites judiciales practicados para la averiguación del paradero del encausado y el esclarecimiento del caso.
El expediente se inicia el día 22 de octubre de 1818 y finaliza, sobreseído, el día 26 de abril de 1819.
Se lleva a cabo ante don Manuel Abad, escribano de Cámara del Rey, actuando como Fiscal Relator el licenciado Pérez de Ribas.
En la certificación inicial, se declara que, el día 11 de octubre de 1811, "por medio de don Valentín Arispe, se vendieron a don José Serraille, vecino de Cabra, varias fincas, a saber: una suerte de olivar de trece y una quarta aranzadas, en el partido del Carmonil y Campillo, y linda al camino que de Cabra va a Rute, en nueve mil quinientos quarenta reales; otra de veinte y quatro y tres quartas aranzadas, en el mismo partido del Carmonil y Campillo; linda con Don Joaquín Castillejo, en trece mil trescientos sesenta y quatro reales y veinte y ocho mrs.; y otra de doce y media aranzadas al sitio del Camino y llano del convento de la Vitoria, linda con la Calzada que va a él y el arroyo de la Texera, en ocho mil cien rs."
El Fiscal del Tribunal, con fecha 13 de noviembre de 1818, asume la veracidad de los datos y solicita que la Junta obligue a Sarraille a pagar "al crédito público los frutos que hayan producido o debido producir, en el tiempo de la detentación, las fincas que se justifique corresponder a [clérigos] Regulares", además de pagar una multa de 300 ducados y la inhabilitación para ocupar "empleo público o concejil por dos años".
El día 23, la Junta Suprema ordena que se comuniquen los cargos al interesado, a través del Alcalde Mayor de Cabra, en el plazo de tres días, para que pueda ejercer su defensa.
Que, en caso de no poderlo hacer en persona, se haga la comunicación "a su muger, hijos, criados o vecinos más cercanos". Que el interesado tendrá quince días de plazo para personarse ante la Junta.
El día 9 de diciembre, el Alcalde Mayor, don Vicente Ruiz Morquecho, dicta un Auto por el que ordena hacer la notificación a don José Sarraille, a través del escribano Francisco José Pastor.
El mismo día 9, el escribano comunica el Auto a Sarraille, que declara "que en ningún tiempo ha conocido a Don Valentín Arispe, ni menos le ha conferido su poder para la compra de los predios que se refieren en dicha Carta Orden; y sobre lo que el particular huvo fue que Don Enrique Sarraille, su hermano, entre otros bienes, compró las citadas poseciones en Cabeza, o a nombre del que habla, remitiéndole los documentos correspondientes, para que tomase la posesión de ellas, en virtud de que se las regalaba; lo que así verificó y labró, sin haver cojido sus frutos, por quanto al tiempo de su madurez regían ya en este país las órdenes y determinaciones de nuestro legítimo gobierno; y en su consequencia se hizo / este cargo de dichos frutos, segun estaba mandado. Y en el día, por sus enfermedades, y avanzada edad, no puede personarse en la Corte, ni menos conferir poder a ningún Procurador, mediante a hallarse destituido de medios, en terminos tales que se vale a expensas de su primo Don Martín Nogueras". Firman Sarraille y el escribano.
El día 31 de diciembre, el Fiscal propone a la Junta Suprema que se envíe una nueva Carta Orden al Alcalde Mayor de Cabra, requiriéndole para que informe si don José Sarraille posee algunos bienes y si se sabe el paradero de su hermano don Enrique Sarraille y de don Valentín Arispe. Se le concede un nuevo plazo de ocho días para personarse en Madrid.
La Junta Suprema de Reintegros lo hace con fecha 4 de enero de 1819.
El día 16 de enero de 1819, el Alcalde Mayor de Cabra dicta un Nuevo Auto para que se haga la notificación a don José Sarraille. Lo que se verifica el día 18.
El día 21, don Vicente Ruiz Morquecho, Alcalde Mayor de Cabra, informa a la Junta Suprema de Reintegros que "Don Enrique Sarraille vive actualmente en París; que así es público y notorio en esta Villa, entre las personas que del dicho tienen conocimiento, y no consta posea vienes algunos en este término, ni en otros de estos Reynos: Don Balentín Arispe, también me aseguran, se halla en Francia, sin poder designar su paradero".
El día 6 de febrero, la Junta insiste en su petición al Alcalde Mayor de Cabra, presionándole para que averigüe si los Sarraille tienen algunos bienes conocidos.
El día 13, el Alcalde Mayor ordena hacer nuevas indagaciones, sin resultado alguno.
En su respuesta, el Alcalde Mayor declara "acerca de los vienes que sean de la propiedad de don José Sarraille y de qué susiste, y ha resultado que hoy vive en casa que tiene arrendada Don José Nogueras, y susiste con los socorros que recibe del citado Nogueras y de los que le facilitan otros sus parientes y compatricios franceses, pues, aunque Sarraille tuvo una Casa de Comercio bien acreditada, estando casado con una española pudiente, su xiro vino a decadencia, perdiendo y gastando quanto poseía; de suerte que hoy Don José Sarraille es un anciano pobre, enfermo y sin propiedad alguna; Recive por merced los altos de la casa en que habita, siendo los bajos destinados a Almacenes de vinos propios de Nogueras; esta es hoy su suerte, sin que le quede otra esperanza, mas que la de los socorros que recibe de sus compaisanos y de algún otro pariente Comerciante de Málaga, donde estuvo en otro tiempo su vecindad y xiro".
Parece claro que Juan María Sarraille, su hijo, el que fuera Subprefecto del término de Lucena, también había huido de España, por miedo a posibles represalias.
Pero en Cabra permanece otro hijo, Manuel, con 29 años y cierto porvenir en la Administración local egabrense.
Queremos creer que el Alcalde Mayor tiene en la memoria la actuación de los Sarraille, en favor de la población egabrense, unos años atrás y prefiere no profundizar en el tema.
Ante este claro caso de insolvencia, el Fiscal propone el sobreseimiento del expediente, lo que se concede el día 26 de abril de 1819.

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