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SECUELAS DE LA GUERRA (XIII): El Real Colegio, una víctima más de la Guerra

23.12.19 - Escrito por: Antonio Moreno Hurtado

Las secuelas de los grandes conflictos suelen alcanzar ámbitos muy diversos. En el caso del Real Colegio de Estudios Mayores de la Purísima Concepción, el daño fue por partida doble. Por una parte, el aislamiento natural entre lugares durante la contienda, que dificultó su normal funcionamiento. Por otra, la crisis que se produce en el ciudadano medio ante la llegada de nuevas ideas, políticas y sociales, que se enfrentan a las más conservadoras del Antiguo Régimen.

En el año 1816, la Junta de Patronos del Real Colegio inicia los trámites para obtener una Real Cédula que permita a dicha institución recuperar las prerrogativas obtenidas del rey Carlos III, en el año 1777. Aunque la Real Cédula de erección del Colegio, de 20 de septiembre de 1685, prohibía la entrada de más de doce colegiales de "manto y beca", el Real Colegio venía admitiendo, desde hacía muchos años, a los llamados "colegiales porcionistas", que pagaban sus gastos de alimentación, pero no los de enseñanza, que era gratuita.

Esta situación quedó legalizada por la Real Cédula del Supremo Consejo de Castilla, fechada en Madrid el día 24 de diciembre de 1740, que mandaba "se guardase el estilo y práctica de este Colegio de admitir porcionistas". (Vargas y Alcalde, p. 33)
·
En su calidad de Colegio con reconocimiento oficial, sus alumnos no necesitaban una convalidación posterior de los estudios realizados en el mismo, pero una Real Cédula de 15 de abril de 1777 vino a ordenar que los estudios cursados en él "fuesen incorporados á la Real é Imperial Universidad de Granada, y además admitidos en todas las Universidades del Reino para la obtención de grados académicos, corno si en ella hubiesen sido hechos". (Vargas, p. 34)

Esto suponía la convalidación automática, bajo ciertas condiciones, de los estudios cursados en el Real Colegio de Cabra como si hubieran sido realizados en la "Imperial Universidad de Granada". Una de ellas era someterse al control periódico de dicha Universidad y remitir, cada año, el listado de alumnos y copia de las actas de los exámenes hechos a los colegiales. Algo que no había sido posible realizar durante tes años, a causa del citado aislamiento territorial.
El acuerdo de iniciación del recurso se efectúa en una Junta de Patronos, de fecha 26 de agosto de 1815, en que se autoriza al Rector para que inicie los trámites para reclamar "la habilitación de los tres años de Matrícula que, por la ocupación de la Provincia por las tropas francesas y por las circunstancias calamitosas de aquellos días, que impidieron del todo o retardaron la comunicación con la Universidad Matriz, se hallan sin incorporar, a fin de que no sufra[n] un perjuicio los Cursantes de aquel tiempo". (Libro de Juntas 1806-1828, fº. 46v)

Como decíamos, la irrupción de los ejércitos franceses en España y la declaración de la llamada Guerra de la Independencia española, habían provocado, entre otros muchos conflictos, el aislamiento entre las regiones dominadas por el gobierno invasor y el legítimo español.

Una circunstancia que había dado lugar a que los contactos entre el Real Colegio y la Universidad de Granada se suspendieran durante la guerra y no se recuperara la normalidad académica hasta varios años después, con la obtención de una Real Cédula, de 22 de diciembre de 1818.

El rey Fernando VII, con dicha fecha, traslada al "Rector y Claustro de la Universidad de Granada" que el Consejo Real, con fecha 15 de abril de 1777, había concedido al Real Colegio de Cabra "la gracia que solicitó para que, incorporándose a esa Universidad, como más inmediata que la de Sevilla, se le admitieran sus cursos para la obtención de Grados en la misma forma que si se hubiesen tenido en ella, bajo el método y Orden de Estudios prescripto en su formal arreglo y demás prevenido en dicha Real Provisión". Se indica que, con fecha 8 de marzo de 1816, el Rector de dicho Colegio, había presentado un Recurso ante el rey, a través de don Estanislao Godino y Muñoz, procurador, vecino de Madrid. (AFAYE_01_03_06_03_02)

Como anexo del expediente aparece una carta de Godino al Rector del Colegio, de fecha 1 de marzo de 1816, acusando recibo de los 600 reales enviados por el mismo, mediante una "letra a la vista", al inicio de sus gestiones en Madrid. Se los había entregado don Isidro Mugaburu, vecino de Madrid. También le indica que el abogado ya ha iniciado las gestiones del recurso y que ha hecho la gestión pedida ante el señor Galiano, con el que seguiría en contacto. También le comunica que el recurso se iba a presentar, el día siguiente, en la Escribanía de Gobierno del Consejo Real.

El señor Galiano de referencia era don Antonio Alcalá-Galiano y Fernández de Villavicencio (1789-1865), hijo del marino egabrense don Dioniso Alcalá-Galiano y Alcalá-Galiano y tío de don Juan Valera Alcalá-Galiano. Fue un importante político, orador, escritor y crítico literario.

Galiano se había formado políticamente a través del Enciclopedismo francés y se considera uno de los pilares del liberalismo español. Al estallar la Guerra de la Independencia, reside en Cádiz, donde milita en las filas patrióticas.

Más adelante, en 1813, el Gobierno liberal le nombra secretario de la legación de España en Suecia, desde donde comienza a atacar el despotismo de Fernando VII.

Cesante ya de este cargo, en Madrid, Galiano se va radicalizando políticamente y en 1817 ejecuta sus primeros manejos revolucionarios contra el absolutismo real.

Desde Cádiz coopera en la revolución liberal de 1820, participando decisivamente en la conspiración que terminó con el triunfo del liberal Rafael del Riego y la proclamación de la Constitución de Cádiz, derogada por Fernando VII.

Fue considerado como un gran orador y defendió el liberalismo exaltado en la llamada Fontana de Oro durante el Trienio Liberal, en que militó en la sociedad secreta Confederación de Caballeros Comuneros, para luego pasarse a la Masonería y finalmente al partido liberal moderado.

El grupo La Fontana de Oro recibió el nombre de un café madrileño, próximo a la Puerta del Sol, donde se reunían escritores, artistas y políticos a comienzos del siglo XIX. Una tertulia de claro perfil radical y un lugar que iba utilizar Benito Pérez Galdós (1843-1920) para recrear el trienio liberal de 1820-1823.
Al formar parte del grupo que votó la incapacidad del rey Fernando VII y restaurarse un gobierno absolutista, con el apoyo francés de los llamados Cien Mil Hijos de San Luis, en 1823, decidió exiliarse a Inglaterra, siendo el primer catedrático de Lengua Española de la Universidad de Londres.

Regresó a España, en 1834, al morir Fernando VII, siendo nombrado ministro de Marina en 1836 y, más adelante, ministro de Fomento, en abril de 1865.
Conviene resaltar que la recomendación de Galiano tuvo gran relevancia en la buena solución del tema que estudiamos. Un hecho que ha sido omitido, hasta ahora, por los historiadores del Real Colegio.

En el recurso, la institución educativa egabrense decía que, desde la Real Provisión de 1777, se habían remitido a Granada "constantemente las listas correspondientes de Matrícula de los colegiales para su incorporación con las de la referida Universidad. Mas, habiéndose interrumpido la comunicación con motivo de la invasión de los franceses, sucede que, aunque el Colegio continuó bajo el mismo Plan de enseñanza, no pudieron incorporarse las matrículas mientras duró la ocupación. Ni tampoco se han insertado y habilitado las de los años posteriores, a causa del hueco que se nota por la falta de las otras. Ninguna dificultad se ofrece para ello por parte del Rector y Claustro de la referida Universidad de Granada, sabiéndose que las Cátedras del Colegio estuvieron abiertas y que los Colegiales han aprovechado no menos que en los otros tiempos de quietud y tranquilidad. Pero se han opuesto a hacerlo hasta que proceda el correspondiente mandato del Consejo".

El escrito de Godino concluye pidiendo que se normalice la situación de los colegiales ante la Universidad de Granada, tanto los de la época de la invasión francesa, como los siguientes hasta el día de la fecha. Firman el licenciado don Francisco Ortiz y Flores y el propio Godino. El Consejo Real, mediante Auto de 16 de abril de 1817, había dictado un informe favorable para esta autorización, previa comprobación de que las circunstancias no habían cambiado con respecto a la Real Provisión de 1777.

Don Francisco de Paula Ximénez y Vida, "Rector perpetuo del Muy Ilustre Real Colegio de Estudios Mayores titulado de la Purísima Concepción de la villa de Cabra", había remitido, con fecha 19 de junio de 1817, una certificación de reunir todos los requisitos exigibles por las facultades de Filosofía y Teología de la Universidad de Granada. Firman el Rector y el secretario don Atanasio Linares y Notario, presbítero, Catedrático de Vísperas de dicho Colegio.
La certificación había sido legalizada, el mismo día, por los escribanos públicos de la villa de Cabra. La firman Francisco José Pastor, Justo de Cuevas y Romero y Francisco Román de Gárate y Aguayo.

La certificación va acompañada de un nuevo pedimiento, a través de don Estanislao Godino y Muñoz, en nombre del Real Colegio, solicitando la expedición de la Real Cédula. Se cita un auto del Consejo Real, de fecha 7 de febrero de 1818, aprobando la solicitud de la Real Cédula que, por fin, se expide en Madrid, el día 22 de diciembre de 1818. Firman los miembros del Consejo (el Duque del Infantado, don Andrés Lajanca, don Manuel de Torres, don Felipe de Obrado y don Juan Benito Hermosilla) y don Valentín de Pinilla, escribano de Cámara del Rey.

El Rector seguía siendo don Francisco de Paula Ximénez y Vida, presbítero y Familiar del Santo Oficio de la Inquisición de Córdoba, vecino de la villa de Cabra. Era natural de Encinas Reales y había ingresado, como colegial de Teología, el día 22 de septiembre de 1784. (Recepciones, fº 54)
Continuaba estudios, con la consideración de "huésped", el 1 de octubre de 1787, donde, el día 1 de octubre de 1790 ocupaba ya la cátedra de Artes. (Ibidem, fº 65). Falleció en Cabra en el año 1835. (D-9, 51). Sin embargo, la Real Cédula de 22 de diciembre de 1818 solo iba a suponer un respiro temporal en la vida del Real Colegio.

El final de la Guerra de la Independencia puso de manifiesto la división ideológica que había surgido entre los españoles. Por una parte, los defensores del Antiguo Régimen y una monarquía de corte absolutista y aquellos que pedían la entrada de los nuevos aires democráticos, surgidos, entre otras fuentes, de la propia Constitución de 1812, que no todos los españoles habían acogido con entusiasmo.

El día 7 de octubre de 1812 se había celebrado en Cabra la publicación de la Constitución de Cádiz.

Por otra parte, en el verano de 1813, el Ayuntamiento recibía una curiosa carta, con una proposición de rogativa, para que la Virgen intercediera en la finalización de la guerra de la Independencia. (AHAC, caja 216, doc. 38)

Algo que iba a ocurrir el día 30 de octubre, con la capitulación de las tropas francesas en Pamplona.

Pero la postura ambigua del rey Fernando VII ante las presiones de absolutistas y constitucionalistas iba a provocar un estado de zozobra política que iba a influir directamente en toda la vida española.

Un Real Decreto de 11 de mayo de 1814, fechado el 4 en Valencia, reimplantaba un gobierno de corte absolutista, que iba a frenar la euforia de los padres de la Constitución de 1812.
Las reacciones son varias. En Cabra, como en muchos otros lugares, se llega a la depuración de los llamados "afrancesados" y la gente lucha por conseguir su certificado de "patriotismo".
Se produce el reintegro de los privilegios señoriales, anulados por las Cortes gaditanas el día 6 de agosto de 1811, por lo que el conde de Altamira va a volver a ser determinante en la vida de Cabra. Pero ya no van a depender de él los nombramientos de los cargos de los ayuntamientos. A partir de ahora, los refrendaría la Real Chancillería de Granada, a propuesta de los ayuntamientos.

El nuevo Ayuntamiento egabrense tendría un Alcalde Mayor, siete regidores y cuatro jurados. El regidor decano podía sustituir al Alcalde Mayor en sus ausencias.

Para más detalles sobre este tema, véase Cabra en el siglo XIX, de José Calvo Poyato y José Luis Casas Sánchez.

El llamado pronunciamiento de Riego, de 1820, acabaría con el periodo absolutista. El 1 de enero de 1820 tuvo lugar en la localidad sevillana de Las Cabezas de San Juan el pronunciamiento militar del teniente coronel Rafael de Riego, quien había recibido el encargo de dirigir una expedición contra los insurgentes en las colonias de América.

Tras un limitado éxito inicial, Riego proclamó inmediatamente la restauración de la Constitución de Cádiz y el restablecimiento de las autoridades constitucionales. El pequeño apoyo al golpe militar fue aumentando con el tiempo y prolongó el levantamiento hasta el 20 de marzo. En esa fecha, se publicó un manifiesto de Fernando VII acatando la Constitución de Cádiz que, unos días antes, el 8 de marzo, había jurado y publicado la Gaceta de Madrid. Al día siguiente, el Rey ordenaba poner en libertad a todos los presos políticos.

En el Cabildo egabrense del 13 de marzo de 1820, se acuerda que haya luminarias durante tres noches en las Plazas y en las casas de los vecinos. También se manda labrar una lápida con la Constitución y fijarla en la Plaza Mayor. Sería jurada el día 15 y seguida de un solemne "Te Deum", el día 16.
De acuerdo con lo establecido por las Instrucciones publicadas en la Gaceta de Madrid, de 10 de marzo de 1820, se celebra en Cabra la elección de los 17 vecinos que habían de nombrar a los componentes del nuevo Ayuntamiento. A Cabra le va a corresponder, en esta ocasión, un alcalde constitucional, ocho regidores y dos síndicos.

En el Cabildo del día 23 de mayo de 1821 se recibe una petición del Rector del Real Colegio, por la que solicita se le conceda "el sobrante de agua que pasa con inmediación a dicho Colegio". Se concede y acuerda que se otorgue escritura pública. Algo que se realiza con fecha 24 de mayo de 1821.

En el Cabildo de 24 de noviembre de 1821 se convocan nuevas elecciones, para el día 2 de diciembre, en las parroquias. Por los electores que salieran se elegirían dos alcaldes, cuatro regidores y un síndico. Una renovación parcial, como estaba previsto, de los componentes del Ayuntamiento.

El día 31 de diciembre de 1821, don Juan Antonio Ruano Aguilera, Alcalde 1º constitucional cesante, eleva una Memoria al Ayuntamiento, detallando las actividades realizadas durante su mandato y agradeciendo a los concejales su colaboración.

En un Cabildo, celebrado ese mismo día, se reconoce la veracidad de lo expuesto por el señor Ruano.

En el acta del Cabildo del día 2 de enero de 1822, aparecen los componentes del nuevo Ayuntamiento.

Firman: Ángel Texeiro (alcalde 1º), Martín Moreno (alcalde 2º), Ramón de la Peña, Manuel Notario, Lorenzo Almedina, Juan Álvarez de Sotomayor, Manuel Sarraille, José María del Río, Manuel Belmonte, Antonio Valdelvira [Síndico], Antonio García [Síndico] y Fernando Cañete Ruiz de Ojeda, oficial mayor y vicesecretario del Ayuntamiento, en ausencia del secretario Lorenzo Díaz y Ortiz. No figura Juan José Ulloa (regidor perpetuo). Han cesado Juan Antonio Ruano Aguilera, Francisco de Paula Prieto, Salvador Valera, Antonio Serrano y Vázquez, Rafael Ortiz, José Coello Jiménez (Síndico) y don Joaquín Fernández Texeiro y Lastres.

(continuará)

enlaces de interés

http://www.laopiniondecabra.com/ampliar....
Real provisión para la incorporación del Real Colegio a la Universidad de Granada

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