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SECUELAS DE LA GUERRA (XIV): El Real Colegio, una víctima más de la Guerra (2)

29.12.19 - Escrito por: Antonio Moreno Hurtado

El llamado "segundo periodo absolutista" se produce como consecuencia de la intervención de los llamados "Cien mil hijos de San Luis", al mando del duque de Angulema, a principios del año 1823. Hay que tener en cuenta que el libro capitular del Ayuntamiento, del año 1823, está muy deteriorada hacia el mes de mayo y totalmente perdido desde junio. Justamente cuando toma posesión el nuevo Ayuntamiento absolutista.






En ese mes, el Cabildo local acuerda quitar la lápida de la Constitución de la fachada de la Casa Consistorial y reponer en sus cargos a los componentes del Ayuntamiento que ejercían sus cargos con fecha de 1 de marzo de 1820. Se asumía lo ordenado por una carta de la autoridad superior en este sentido. Vuelve a haber presos políticos y se hace la purificación de empleados públicos y del Rector y catedráticos del Real Colegio de Estudios Mayores. Se recuperan los privilegios señoriales y se acuerda celebrar un solemne "Te Deum" de acción de gracias.

Así lo relata el señor Carpio Montilla.
"Motín del Pueblo. En 12 de Junio de 1823, se amotinó el pueblo, pidiendo a gritos que se cantase un solemne "Te Deum" en acción de gracias por la caída del sistema revolucionario constitucional. El Vicario, que era miembro de la Junta de seguridad, accedió a los deseos del pueblo y se cantó el "Te Deum", con asistencia del Municipio y una enorme multitud, que llenó por completo toda la Iglesia. Por cierto que no faltó un patriota que, aprovechándose de la confusión robó una de las paces, que tenía de peso 1.280 reales de plata y de un valor total de 4.030 reales".

En cuanto a la purificación de los profesores del Real Colegio, nos dan cumplida información las historias del mismo de Soledad Rubio y Manuel Vargas y Alcalde, a las que nos remitimos. Unos años antes, por un Junta de 23 de septiembre de 1811, se había acordado poner en marcha una cátedra de Matemáticas, "para cumplir con las intenciones del Gobierno y auxiliar el estudio de Física Experimental, y otra de Sagrada Escriptura para complemento de la clase de Teología". Para la nueva enseñanza de Matemáticas se nombró catedrático a don Josef Aznar, presbítero, "por su instrucción en las Matemáticas puras". (Libro de Juntas 1806-1828, ff. 31v-32) De manera que, a partir de ese año, se admiten colegiales para las especialidades de Filosofía, Teología y Matemáticas.

Pero surge el problema de si la Junta de Gobierno tenía potestad para aplicar alguna de las doce becas del fundador a estudiantes de Matemáticas. En una Junta de fecha 31 de agosto de 1813, previa al comienzo de curso, se acuerda que no es posible otorgar becas a los estudiantes de Matemáticas pese a que el Patrono de Sangre, don Antonio Jesús de Vargas, pretendía una para su hijo. Se argumenta que la enseñanza de las Matemáticas "ha sido nuevamente instituida por exigirlo así los adelantamientos de el día", por lo que no se podía incluir en la cláusula fundacional, que iba referida exclusivamente a estudiantes de Filosofía y Teología. Se acuerda que, para la enseñanza de las Matemáticas, se use el texto de "Ballejo". Se trata del volumen titulado "Compendio de Matemáticas", del granadino José Mariano Vallejo y Ortega (1779-1846). Un libro renovador en la línea del análisis matemático.

A partir de ese año, se observa una gradual reducción de alumnos en el Colegio, especialmente en el área de Teología, que se compensa con el impulso nuevo de la de Matemáticas. Estamos en pleno aislamiento de Cabra con respecto a Granada y otras partes de Andalucía.

Dos años después, el 26 de agosto de 1815, la Junta de Gobierno vuelve a considerar el tema de los posibles becarios de Matemáticas y se acuerda consultar a Su Majestad sobre si sería posible conceder beca, en caso de sobrar alguna de las doce destinadas a Filosofía y Teología. En Junta del día 10 de enero de 1816 se analiza la delicada situación económica del Colegio, provocada especialmente por "la morosidad notable de los alumnos porcionistas", que no pagan puntualmente el importe de su alimentación. Se acuerda que el Rector tome las medidas conducentes a su normalización.

A pesar de ello, la Junta reconoce que los salarios de los catedráticos son bajos y acuerdan subirlos de 150 ducados anuales a doscientos. Excepto la Cátedra de Lógica, por ir "unida a la primera Presidencia".

Por otra parte, el aumento de enseñanzas y de colegiales hace necesario ampliar las instalaciones del Colegio, por lo que se acuerda comprar dos casas de la calle de Santa Ana, que lindan con dicho edificio. (fº 49ss)

En la Junta del día 6 de abril de 1816 se recibe el ofrecimiento de don Joaquín Álvarez de Sotomayor, vecino de Lucena, para ocupar la cátedra vacante de Matemáticas, que había desempañado don Josef Aznar, ahora catedrático de Artes en dicho Real Colegio. Se acepta su nombramiento, con el mismo salario. (fº 52v)

Las Real Cédula de 1818 va a provocar un aumento considerable de colegiales, de muchos lugares andaluces, en todas las especialidades.

En la Junta del día 17 de mayo de 1821 se analiza la situación que plantea la aplicación del artículo 125 y siguientes del Plan de Instrucción Pública aprobado por las Cortes ese año. Esta norma ponía en peligro el futuro del Real Colegio. El Rector informa de sus gestiones y del apoyo recibido por parte del Ayuntamiento Constitucional de Cabra, el de don Juan María Álvarez de Sotomayor, Diputado en Cortes, "y otras recomendaciones poderosas, procuradas al efecto". Pero el tema no va por buen camino, a pesar de haberse esgrimido el hecho de que la institución era totalmente privada, sin ninguna subvención pública. Se acuerda insistir en el recurso, proponiendo su conversión en "Universidad de segunda clase". (fº 98v)

Pero llega el verano de 1823 y las cosas se complican. En la Junta de Gobierno del día 16 de septiembre, preparatoria del comienzo del curso académico, el Rector informa que "por circunstancias bien notorias no se habían fixado los edictos convocatorios" para los colegiales y se acuerda suspender las enseñanzas hasta el siguiente curso.

Por otra parte, el Ayuntamiento, a través del Síndico Personero, ha comunicado que "desea se reduzca la enseñanza a las clases de fundación, porque las de matemáticas, economía política y dibujo no merecen su aprobación, ni la del público, se supriman por ahora". (fº 110)

Según Vargas y Alcalde, la "Cátedra de Matemáticas y Dibujo" era muy "beneficiosa para los artesanos, como también las enseñanzas mandadas dar por las leyes, a saber, Economía Política, Derecho Público Constitucional y otras". (op. cit., p. 34)

En Junta del día 13 de octubre de 1823, se recibe un oficio del Ayuntamiento, con el acuerdo de que se suspenda "la apertura" del curso en dicho establecimiento. Lo firma don Francisco Ruano Calderón, en su calidad de "Regente de la Real Jurisdicción", es decir, Juez de Primera Instancia y Corregidor.

Vargas y Alcalde describe así las circunstancias que siguieron a la caída del Gobierno Constitucional en el año 1823. "Dominado este pueblo por la más incalificable de las reacciones; posesionado un hombre de la más baja e ignorante plebe, por si y ante sí, del bastón de Corregidor (que por eso fue después a un presidio); presas muchas personas..." Que el Ayuntamiento absolutista elevó un informe pidiendo la clausura del Real Colegio basándose "en imposturas e infamias". (pp. 36-37)

Digamos, con aclaración, que don Francisco Ruano Calderón era "Teniente Graduado de Infantería", se había jubilado como Capitán del Regimiento Provincial de Écija, con un sueldo de 285 reales de vellón mensuales, según Real Despacho, de fecha 28 de agosto de 1821, que se recibe en el Ayuntamiento de Cabra en el Cabildo del día 6 de octubre de 1822, que había de informar de su presencia en ella cada tres meses.

El día 19 de julio de 1824, la Junta de Gobierno acusa recibo de un oficio del Alcalde Mayor de Cabra, de fecha 14, por el que se comunica que "teniendo a la vista la conducta observada durante el Sistema Constitucional por el actual Rector y Catedráticos del Real Colegio de esta Villa..." (contra los deseos del Monarca, sobre la educación de sus "fieles vasallos") "todo lo qual es incompatible con las doctrinas que se enseñaban y defendían por los sectarios de dicho abolido Sistema, cuya nota han merecido dicho Rector y Catedráticos, por lo que estuvieron algún tiempo arrestados", se quita al Patrono de Sangre la potestad de nombrarles, por lo que el Ayuntamiento ordena a la Junta de Patronos que nombren un Rector y Catedráticos "de Confianza Pública, en quanto a sus opiniones Políticas y Religiosas". Firma don Vicente Ruiz Morquecho, Alcalde Mayor.


Ante esta situación, los Patronos del Real Colegio acuerdan elevar un informe directamente al Monarca, para su conocimiento.

El día 7 de septiembre de 1824, se vuelve a reunir la Junta de Gobierno para acusar recibo de una Real Orden, de fecha 22 de agosto anterior, por la que se ordena al Ayuntamiento que se ajuste a lo dispuesto en la Real Orden de 21 de julio de 1823, sobre inmediatez de la ejecución de las leyes civiles.

La siguiente acta de la Junta tiene fecha de 20 de febrero de 1827. Una vez recuperada la vida política, se acuerda reanudar "las tareas literarias de esta casa que ha interrumpido la desastrosa calamidad y falta total de fruto en los años de mil ochocientos veinte y quatro y ochocientos veinte y cinco vajo el régimen y con sujeción a cuanto el Rey Nuestro Señor tiene mandado". (Juntas, fº 122)

Se hace referencia a un Plan General de Estudios, aprobado el 14 de octubre de 1824, al que el Real Colegio pretende adherirse, habiendo solicitado del Rey su reincorporación a la Universidad de Granada, en su calidad de Establecimiento de Patronato Particular. Se pide que le sea concedida en función del artículo 332 de dicho Reglamento y por la circunstancia de ser una "casa de beneficencia en favor de los jóvenes pobres naturales de esta villa, acreedores a la enseñanza y manutención gratuita". Para ello se encarga al vicario y copatrono para que haga las gestiones oportunas ante el monarca.

En el acta de la Junta de Gobierno del día 20 de marzo de 1827 se acusa recibo de un oficio del Alcalde Mayor, don Francisco Argandoña, por el que se traslada una Real Resolución ordenando que "no se admitan a oposición de las Cátedras que vacasen en él a ninguno de los profesores de las ciencias que hayan sido yndividuos de la llamada Milicia Local Voluntaria durante la época del Sistema Constitucional". (Juntas, fº 127)

El día 6 de agosto, la Junta se reúne de nuevo para acusar recibo de una Orden de don Francisco Marín, "Ministro del Real y Supremo Consejo y Cámara de Castilla", presidente de la Real Inspección de Instrucción Pública, para que se le informe de las circunstancias que habían provocado la suspensión de la actividad durante los años anteriores. Se acuerda que el señor vicario redacte el documento correspondiente.

El día 6 de noviembre de 1827, la Real Inspección de Instrucción Pública ordena al Corregidor de la villa de Cabra que haga visita al Real Colegio, que revise sus instalaciones y toda la documentación que precise.

La visita se realiza el día 16 y se continúa en los días siguientes, para inspeccionar las instalaciones y las fincas pertenecientes al Real Colegio.

En Junta del día 22 de enero de 1828 se tiene noticia de que la Inspección ha hecho informe favorable y se está en espera de la decisión del Rey para convertir el centro en un Colegio de Humanidades, lo que se confirma en la Junta del día 10 de abril, en que se anuncia la publicación de una Real Orden, de fecha 3 de marzo. (Juntas, fº 139)

La Real Orden sugería a los Patronos del Real Colegio que aceptasen su conversión en Colegio de Humanidades para adaptarse a los nuevos planes de estudios de la nación.

Desde su fundación, el Real Colegio de Estudios Mayores de la Purísima Concepción había desarrollado un pan de estudios de tres años de Filosofía y cuatro de Teología. Pero, ahora, las enseñanzas de Teología habían sido asignadas a otro tipo de centros, con lo que el Colegio de Cabra se iba a ver privado de una parte importante de su función.

El nuevo Colegio de Humanidades tenía que someterse a un Reglamento que había de ser asumido por los Patronos y catedráticos. La Junta de Patronos, en su citada reunión del día 10 de abril de 1828 acepta la oferta, con lo que se consigue una Real Orden, de 5 de mayo, confirma la conversión del antiguo Colegio de Artes y Teología en un Real Colegio de Humanidades, bajo el control de su Junta de Patronato, que seguiría nombrado a sus catedráticos, mediante oposición. Mientras finalizaban los procesos de purificación de los anteriores, sus plazas podían ser ocupadas por interinos.

Sin embargo, el puesto de Rector sería potestad del Rey, a propuesta de la Junta.

Inmediatamente, la Junta de Patronos "redactaron el oportuno reglamento, aprobado por S. M., que se imprimió á fines de 1828, é hicieron las convocatorias y cuanto fue preciso para el más solemne ingreso de los colegiales, acordando que se verificase el dia 4 de Noviembre en celebridad de los días del Ser[enisi]mo. Sr. Infante D. Carlos María de Borbon. También propuso la Junta para el cargo de Rector al mismo P[resbite]ro. D. Francisco de Paula Jiménez y Vida, que ya habia obtenido su purificación, y cuya propuesta fué admitida por S. M., expidiéndosele el nombramiento en 27 de Julio de 1828.

El Ayuntamiento, al que disgustó mucho el regreso á su destino del Sr. Jiménez Vida, elevó una exposición á S. M., y formó un expediente lleno de crasas nulidades é inexactitudes, que así fué oficialmente calificado después; y abierta de Real orden una información sobre este asunto; vista una representación del Sr. Coronel don Francisco de Paula Roldan, Exento de Guardias de la Real Persona; con presencia de los informes del muy reverendo Obispo de Córdoba, y del Excmo. Sr. Capitán General del Reino, S. M. se dignó declarar, oido el parecer del Consejo de Sres. Ministros, en su Real decreto de 28 de Agosto de 1829, haber visto con desagrado la conducta del Ayuntamiento, y especialmente la de algunos determinados de sus individuos, que no habían obrado en justicia y verdad; que estaba persuadido de la irreprensible conducta política y religiosa del benemérito eclesiástico D. Francisco de Paula Jiménez y Vida; y finalmente, que el Presidente y Ayuntamiento de Cabra quedaban personalmente responsables de la más pequeña alteración de la tranquilidad pública, que pudieran fraguar la intriga, el resentimiento y el deseo de venganza". (Vargas, pp. 43-44)

Finalizaba así "lo que casi pudiéramos llamar escandaloso asunto" (Vargas, p. 42). Uno de los periodos más críticos de la vida del Real Colegio de la Purísima Concepción.

Digamos que, durante la tramitación del largo expediente, el Ayuntamiento de Córdoba había pretendido que se asignaran al Colegio de la Asunción las rentas del de Cabra, lo que, afortunadamente, no se había aceptado.

En ese curso académico solo se impartieron laos estudios del primer año de Filosofía, que se completaron en los dos años siguientes. No obstante, se continuaron, de forma no oficial, las tradicionales enseñanzas de Francés, Dibujo y Matemáticas, como siempre, en sesión de noche, para que los artesanos pudieran asistir a ellas. Un sistema que se anticipaba en casi tres siglos a los actuales Centros de Educación de Adultos.

Unos años más adelante, por una Real Orden, de 24 de febrero de 1847, y otra aclaratoria de 9 de abril del mismo año, el Real Colegio de Humanidades fue declarado Instituto de Segunda Enseñanza, gracias a una iniciativa conjunta del Ayuntamiento de Cabra, el Patrono y Superintendentes del Colegio y los responsables de las Escuelas Pías, que fundó, en 1763, don Gil Alejandro de Vida Hidalgo.

Según Vargas Alcalde, el Ayuntamiento se comprometía "á subvenir á las necesidades de la primera enseñanza... y se pidió á S. M. la Reina la incorporación de las rentas de las Escuelas Pías al Colegio, para la erección de este Instituto, que tuvo lugar por las citadas Reales órdenes, y sin detrimento de la enseñanza gratuita, objeto primordial de las referidas Escuelas; porque consistiendo ésta en las primeras letras, latin y moral, quedaba cumplida la voluntad del Sr. Fundador de las mismas, cursándose estas dos asignaturas en el Instituto, y aquélla en las Escuelas públicas, que el Municipio costea." (p. 45)

Con el paso de los años, el flamante Instituto de Cabra, que seguiría unido al Real Colegio, iría subiendo de categoría, tanto por la calidad de sus enseñanzas como por la especial circunstancia de ser un centro de enseñanza secundaria con un internado en sus propias instalaciones.

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