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Comunicado de IU-Cabra en relación con la eliminación de la Paga Extra de Navidad a los trabajadores del Programa Solidarios
18.02.13 - Escrito por: Manuel Carnerero Alguacil
En la sesión plenaria correspondiente al mes de enero pasado fue aprobada por unanimidad de todos los grupos políticos una moción presentada por Izquierda Unida mediante la cual mostrábamos nuestro desacuerdo con la supresión de la parte proporcional de la paga extra de Navidad en la nómina de los trabajadores acogidos al PFEA, a la vez que solicitábamos se modificaran los criterios que habían dado lugar a esta sorprendente medida. Queremos aprovechar estas líneas para agradecer que todos los grupos presentes en nuestro ayuntamiento fuesen sensibles ante esta justa solicitud.
Hace pocas fechas tuvimos conocimiento que también se había suprimido el abono de la parte proporcional de la paga extra de Navidad en los contratos realizados al amparo del Programa de Empleo Solidario auspiciado por el Patronato Municipal de Bienestar Social desde el año 2009. Si poco entendible era la aplicación de esta medida en los trabajadores del PFEA, menos aún lo es en este tipo de contratos destinados a soslayar, aunque sea puntualmente, la dramática situación que sufren muchos de nuestros conciudadanos.
Si bien la argumentación para posicionarnos contra los criterios utilizados en este asunto son prácticamente idénticos a los utilizados en la moción presentada en el pleno del mes de enero, pasamos a comentar de manera sucinta en qué fundamentamos nuestra oposición a este medida:
1.- El R.D. 20/2012 plantea como única excepción a la eliminación de la paga extra de Navidad la no aplicación de dicha medida a los empleados públicos cuyas retribuciones por jornada completa, excluidos incentivos al rendimiento, no alcancen en cómputo anual 1,5 veces el salario mínimo interprofesional establecido en el Real Decreto 1888/2011, de 30 de diciembre (artículo 2, apartado 6 del R.D. 20/2012).
La excepción antes citada refleja claramente que el legislador tiene la evidente intención de que la supresión de la paga extra de Navidad no afecte al personal al servicio de las Administraciones Públicas cuyos ingresos sean precarios, siendo éste el caso (obviamente) de los trabajadores y trabajadoras que han realizado su labor en el Programa de Empleo Solidario, ya que el hecho de ser contratados a través del mismo viene determinado por sus circunstancias económicas extremadamente difíciles.
2.- El crédito presupuestario correspondiente al abono de estas cantidades no fue incluido en la propuesta de declaración como no disponibles de los créditos derivados de la aplicación de lo dispuesto en el artículo 2 del Real Decreto-Ley 20/2012 y que fue aprobada en la sesión plenaria de 26 de noviembre de 2012. Es la única partida correspondiente a retribuciones incluida en los capítulos I del Presupuesto del ayuntamiento y Patronatos que no ha sido objeto de esta declaración de no disponibilidad. Entendemos, por ello, que se había entendido que la aplicación del Real Decreto no afectaba a las conceptos retributivos correspondientes al Programa de Empleo Solidario, pues, en caso contrario, habría sido incluida dicha partida (2312-14302) en la mencionada propuesta de no disponibilidad.
3.- La circular que establece los criterios de aplicación del título I del Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio, afirma en su tercer párrafo lo siguiente: "Estos criterios, de los que se informó en el seno de la Comisión de Coordinación del Empleo Público el pasado 31 de julio, tienen un carácter meramente informativo y, por tanto, no vinculante, sin perjuicio de los que se puedan emanar de dichos ámbitos".
Es decir, no existe una vinculación taxativa a estos criterios de aplicación, por lo que podemos guiarnos por aquellos que, sin obviar el espíritu de la norma, podamos entender que se ajustan más fielmente a la ética y a la justicia social.
4.- Por último, y creemos lo más importante, el Programa de Empleo Solidario nace con el propósito de paliar, aunque sea someramente, las dramáticas situaciones por las que atraviesan muchos de los vecinos de nuestra localidad, posibilitando que mediante el trabajo en nuestro ayuntamiento puedan conseguir unos ingresos, que sin ser nada elevados, puedan contribuir a mejorar coyunturalmente las duras condiciones de vida que en estos tiempos de crisis padecen gran número de ciudadanos egabrenses. Se ha intentado superar el concepto de limosna o ayuda social intentando dignificar a la persona mediante la consecución de una retribución económica fruto de su esfuerzo y de su trabajo. No es de recibo que se vea mermada esta escasa y absolutamente necesaria remuneración mediante la eliminación de la correspondiente parte proporcional de la paga extra de Navidad, pues ello conlleva pervertir los principios que impregnan la creación de este programa de solidaridad y con cuya finalidad todos estamos de acuerdo.
Por lo anteriormente expuesto es por lo que solicitamos al ayuntamiento Pleno la aprobación del siguiente punto de acuerdo:
- Pagar a todas las personas que hayan trabajado al amparo del Programa de Empleo Solidario del Patronato Municipal de Bienestar Social las cantidades dejadas de abonar en concepto de eliminación de la parte proporcional de la paga extra de Navidad del año 2012.
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