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22.05.17 FERIA Y FIESTAS

Convocadas las bases para el montaje de casetas en la Feria de San Juan

Redacción

El Ayuntamiento de Cabra, a través de la delegación de feria y fiestas, ha hecho públicas las bases para el montaje de casetas en la próxima feria de San Juan 2017. Hasta el 30 de mayo está abierto el plazo para solicitar espacio en el recinto ferial.

En los cinco extensos artículos que componen las bases se dejan claras un buen número de cuestiones que habrán de tener en cuenta las personas o entidades interesadas en instalar caseta para esta tradicional feria, la primera del verano en la Subbética, como viene siendo conocida. El primer párrafo sienta el modelo que se quiere afianzar desde la delegación municipal de Feria y Fiestas, y así se indica que "la Feria de San Juan se celebrará del 22 al 25 de junio de 2017 y tienen un carácter popular y abierto en cuanto a su concepción, siendo este espíritu el que se pretende potenciar con las presentes bases".

En cuanto a las autorizaciones, las bases señalan que será "elemento de valoración positivo general, las solicitudes de las entidades y asociaciones que hayan sido cumplidoras de los requisitos recogidos en las Bases Reguladoras para la autorización de Casetas para las Ferias en años anteriores, pudiendo ocupar el mismo lugar que venían ocupando, así como la experiencia de gestión de este tipo de casetas y siempre que la caseta solicitada sea de las mismas características y naturaleza que la concedida en ediciones anteriores y que el/la titular de la caseta sea el mismo de ediciones anteriores".

En cuanto al número de casetas, por parte de la delegación de Feria y Fiestas se establecer que habrá, como máximo, 10 casetas "que dispondrán de un terreno de 8 x 12 metros" y que la delegación de Feria y Fiestas "abonará el 100% del coste del alquiler de las jaimas y de los contenedores-almacén para la Feria de San Juan".

Las autorizaciones serán intransferibles y para ello "se controlará especialmente por el Ayuntamiento, desde el periodo de montaje, aquellas casetas que solicitadas por una asociación se traspasa a terceros para terminar siendo una discoteca".

Documentación a presentar
- Solicitud de autorización para la instalación de caseta para la Feria de San Juan 2017. Se adjunta como Anexo I (Los datos aportados en las solicitudes serán incorporados para su tratamiento en un fichero automatizado, quedando sujetos los de carácter personal al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal).
- Fotocopia del C.I.F. de la entidad o D.N.I. del solicitante.
- Croquis del plano de la Caseta
- Declaración responsable asumiendo cualquier desperfecto o daño que se pueda originar como consecuencia de la instalación de la caseta y por el incumplimiento de lo previsto en las presentes bases y la renuncia a exigir daños o perjuicios por cierre o clausura del establecimiento o pérdida de la fianza por incumplimiento de las presentes bases, así como el cumplimiento de la normativa higiénico-sanitaria, laboral y de Seguridad Social en vigor (Anexo II).
- Copia del abonaré acreditativo de haber depositado la fianza de 300 ?, para responder, en su caso, de los posibles daños y desperfectos que se pudieran ocasionar. Este depósito se devolverá tras la celebración de las Fiestas, una vez abonadas todas las tasas y pagos correspondientes, tanto a la Feria de San Juan como a las Fiestas de Septiembre de 2017 (carpas, seguridad, consumo eléctrico, etc.), previa presentación en el Registro de Entrada de este Ayuntamiento de la correspondiente solicitud de devolución de la fianza.
- Copia del recibo de la póliza de Seguro de Responsabilidad Civil, en el que el capital asegurado se deberá atener a lo recogido en el Decreto 109/2005 de 26 de abril, por el que se regulan los requisitos de los contratos de seguro obligatorio de responsabilidad civil en materia de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas. Los contratos de seguro de responsabilidad civil que se concierten, deberán prever por daños personales ocasionados a las personas asistente con resultado de muerte e invalidez absoluta permanente, las siguientes sumas: Apartado Establecimientos públicos con aforo autorizado Euros a) De 51 a 100 personas 451.000 b) De 101 hasta 300 personas 601.000 c) De 301 hasta 700 personas 901.000 d) Superior a 700 personas 1.201.000 Las sumas aseguradas en los artículos anteriores tendrán a todos los efectos la consideración de límites máximos de la indemnización a pagar por el asegurador por anualidad y siniestro, siendo el límite máximo por víctima en todo caso, 151.000 euros.

No se admitirá ninguna solicitud si no se presenta toda la documentación antes indicada, en el caso de que hubiera algún defecto u omisión, se concederá un plazo no superior a tres días para subsanar los errores observados.

Las solicitudes de colectivos, asociaciones o entidades ciudadanas, que se encuentren legalmente constituidos, obtendrán terreno antes que aquellos colectivos o particulares con ánimo de lucro y que no tengan su situación legalmente regularizada (Acta Fundacional, Estatutos y C.I.F.). Si hubiese mayor demanda que espacios a ofrecer se establecerían los siguientes criterios de desempate: Colectivos legalmente constituidos sin ánimo de lucro frente a personas físicas o jurídicas privadas con ánimo de lucro. Se realizaría un sorteo entre las solicitudes presentadas.

El día 2 de junio de 2017, a las 14 horas, en el Salón de Plenos del Ayuntamiento, se sorteará en primer lugar, si hubiera más de diez solicitudes, a cuál de los solicitantes se le autoriza a instalar Caseta y en segundo lugar se sorterá la parcela a ocupar por cada solicitante.

El texto completo de las bases puede consultarse en el enlace que dejamos a continuación.


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